En La Salle fomentamos entornos de respeto que garanticen los derechos humanos, por ello, en Comunidad Segura encontrarás información sobre la prevención y atención de casos de discriminación, acoso y violencia en razón de género, desde el contacto de atención, hasta las definiciones básicas y procedimientos formales.
Protocolo de atención
Declaración Lasallista
Formulario de denuncia
La información será recibida directamente por el Comité de Ética y se manejará con total confidencialidad.
Decálogo
1
Comunidad segura
Nos comprometemos a que la Universidad La Salle sea una comunidad segura e inclusiva, libre de discriminación y violencia.
2
Entorno inclusivo y diverso
Respetamos a todas las personas, nos esforzamos por contar con un entorno diverso e inclusivo para que todos los seres humanos se desarrollen y alcancen su potencial.
3
Impulso a la igualdad
Impulsamos la participación igualitaria en razón de género en todos los ámbitos de la vida universitaria.
4
Promoción de la conciencia social
Contribuimos a la sensibilización y conciencia social a través de nuestros actos y valores lasallistas, fomentando el respeto a los derechos humanos y enfocándonos en la prevención y atención de casos que atenten contra la integridad personal.
5
Responsabilidad institucional
Actuamos con responsabilidad ante todo hecho acreditado de discriminación, acoso, violencia de género o sexual, los cuales se sancionarán y atenderán en conformidad a nuestro Protocolo.
6
Confianza en las personas
Siempre se presumirá la buena fe de la persona agraviada, así como la presunción de inocencia de la persona señalada.
7
Medidas de protección
Tomaremos medidas necesarias para evitar represalias académicas o laborales en contra de quien haya formulado la denuncia, ofreciendo protección e informando sobre las posibilidades de atención.
8
Solidaridad
Tendremos solidaridad y empatía con las víctimas, todas las personas que intervengan están obligadas a ayudar y mantener confidencialidad durante el proceso.
9
Respeto a la autonomía
Respetaremos la voluntad de las personas agraviadas para continuar o interrumpir un proceso, siempre que no se encuentre condicionada.
10
Rechazo a la revictimización
La víctima deberá ser tratada con respecto a su forma de ser, sentir, pensar y actuar, sin ningún trato diferenciado y sin exponerla a algún sufrimiento adicional.
Toda distinción, exclusión, restricción o preferencia que, por acción u omisión, con intención o sin ella, no sea objetiva, racional ni proporcional y tenga por objeto o resultado obstaculizar, restringir, impedir, menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y libertades, cuando se base en uno o más de los siguientes motivos: el origen étnico o nacional, el color de piel, la cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, de salud o jurídica, la religión, la apariencia física, las características genéticas, la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones, la orientación sexual, identidad o filiación política, el estado civil, la situación familiar, las responsabilidades familiares, el idioma, los antecedentes penales o cualquier otro motivo.
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Acoso:
Cualquier acto o comportamiento, en un evento o en una serie de ellos, en el entorno universitario, con independencia de la relación jerárquica de las personas involucradas, que atente contra la autoestima, salud, integridad, libertad o seguridad de las personas; entre otros: la provocación, presión, intimidación, exclusión, aislamiento, ridiculización o ataques verbales o físicos, que se realicen de forma evidente, sutil o discreta y que ocasionen humillación, frustración, ofensa, miedo, incomodidad o estrés en la persona a la que se dirigen o en quienes lo presencian, con el resultado de interferir en el rendimiento académico o generar un ambiente negativo en el espacio universitario.
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Violencia de género:
Cualquier acción u omisión basada en el género o identidad genérica de una persona, dada tanto en el ámbito privado como en el público, que le cause daño o sufrimiento psicológico, físico, patrimonial, económico, sexual o en extremo la muerte y que es resultado de las desigualdades genéricas de poder que explotan la distinción entre hombres y mujeres, en hombres y mujeres, o bien, en la identidad de género.
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Violencia sexual:
Cualquier acción de naturaleza erótico-sexual realizada hacia una persona sin su consentimiento, que puede comprender la invasión física del cuerpo humano o bien consistir o incluir actos que no involucren contacto físico alguno.
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Acoso sexual:
Consiste en conducta/s de naturaleza erótico-sexual ofensiva/s e indeseada/s para quien las recibe, que pueden manifestarse de manera verbal o por cualquier otro medio distinto al contacto físico.
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Abuso sexual:
Consiste en acto/s de contacto físico de naturaleza erótico-sexual en contra de y sin el consentimiento de una persona, que pueden ir desde tocamientos sexuales indeseados hasta la violación.
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Perspectiva de género:
La visión científica, analítica y política sobre las mujeres y los hombres, que busca eliminar las causas de la opresión de género como la desigualdad, la injusticia y la jerarquización de las personas basada en el género.
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Persona de primer contacto:
Persona que atenderá a la persona agraviada en el primer momento. Estará capacitada en la atención de casos de violencia de género, atención a víctimas y técnicas de escucha activa. Tendrá asignado tiempo de su encargo institucional para atender las quejas que requieran su intervención conforme al presente protocolo.
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Comité de Ética:
Órgano competente para recibir y dirimir las denuncias que por discriminación, acoso y violencia de género le sean turnadas por la persona de primer contacto. Estará integrada por tres personas (mínimo dos mujeres) con conocimiento y sensibilización en materia de discriminación y perspectiva de género y serán nombradas por el Rector con el apoyo de las áreas que estime apropiado convocar en el proceso.
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Comunidad universitaria:
Todas las autoridades universitarias, personal docente y de investigación, personal administrativo, alumnos y alumnas, padres y madres o bien tutores y tutoras de las alumnas y alumnos cuando se trate de menores de edad, así como las asociaciones de alumnos y alumnas aprobadas por la Universidad La Salle.
Protocolo para la prevención y atención de casos de discriminación, acoso y violencia en razón de género
Protocolo para la prevención y atención a casos de discriminación, acoso y violencia en razón de género.
Si requieres orientación o presentar una denuncia, acude directamente o contacta a cualquiera de las personas de primer contacto que te genere más confianza.
Cinthia Vincent
Subdirección de Seguridad, Servicios e Infraestructura